El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dictó la Resolución Nº 1146/2025, mediante la cual autoriza la creación e implementación del Sistema Unificado de Asesoramientos y Denuncias (SUAD), que será la plataforma oficial para la gestión de asesoramientos, denuncias laborales y actuaciones conexas en todo el país.
Concepto y finalidad del SUAD
El SUAD es una herramienta tecnológica diseñada para centralizar, digitalizar y estandarizar los procesos administrativos relacionados con la tutela de derechos laborales.
A través de esta plataforma, el MTESS podrá registrar asesoramientos, recepcionar denuncias, gestionar conciliaciones y derivar casos a fiscalización, bajo criterios uniformes de actuación.
Implementación y alcance
La medida entró en vigor el 15 de octubre de 2025, pero la resolución dispuso una implementación progresiva:
- Primera etapa: sede central del MTESS y las Direcciones Regionales que sean designadas.
- Etapa siguiente: extensión a todas las dependencias con competencia en asesoramientos y denuncias laborales.
El uso del SUAD será obligatorio y queda prohibida la utilización de otros registros paralelos fuera del sistema.
Módulos del Sistema SUAD
El SUAD integra cuatro módulos principales:
1. Asesoramientos laborales
Orientados a consultas técnicas y jurídicas preventivas que brinda la Autoridad Administrativa del Trabajo, a trabajadores o empleadores, respecto a sus derechos, deberes y procedimientos previstos en la legislación laboral vigente.
No es una denuncia, ni un reclamo formal, no produce sanciones ni abre un procedimiento administrativo, pero sí genera constancia documental en los registros oficiales del Sistema SUAD, pudiendo servir como antecedente si el caso evoluciona en una denuncia.
2. Denuncias laborales
Para la recepción de incumplimientos normativos e inicio del trámite administrativo.
La denuncia genera un expediente administrativo en el Sistema SUAD, con un código único de registro, que asegura la trazabilidad del caso y constituye la base documental para cualquier actuación posterior, sea notificación, conciliación, inspección o sanción por incumplimiento.
3. Conciliaciones laborales
Mecanismo de solución de conflictos ante la Autoridad Administrativa del Trabajo.
Los documentos emitidos (actas y constancias) tienen efectos probatorios y quedan vinculados al expediente electrónico, asegurando la trazabilidad del caso y el resguardo de la información para cualquier instancia posterior.
4. Actuaciones y derivaciones
Clasificación de casos según gravedad, reincidencia y vía de tratamiento (subsanación, conciliación o fiscalización).
Anexos técnicos aprobados del SUAD
La resolución incorpora dos documentos de aplicación obligatoria:
Anexo I – Manual de Usabilidad del SUAD
Contiene los lineamientos operativos del sistema, procedimientos de registro, funciones de cada módulo y estándares de trazabilidad y calidad de datos.
Anexo II – Manual Jurídico de Motivos y Ponderación
Incluye la definición jurídica y el fundamento normativo de 67 motivos de incumplimientos laborales, con una matriz de gravedad que va desde G1 (crítico) hasta G6 (leve).
El SUAD incorpora una herramienta de ponderación que asigna un valor automático a cada denuncia registrada según los incumplimientos laborales que la misma contenga. La ponderación sirve de guía para el MTESS, a fin de tomar decisiones institucionales en materia de inspección y fiscalización, derivación de casos, conciliaciones laborales y notificaciones para subsanación.
Cada motivo de incumplimiento se clasifica dentro de una escala de seis niveles de gravedad, que van de G1 a G6: G1 corresponde a los hechos más graves, como accidentes de trabajo con resultado de incapacidad o muerte, trabajo infantil o evasión de aportes a la seguridad social y otros. Estos requieren una reacción inmediata del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y, según el caso, la derivación al Ministerio Público. En el extremo opuesto, G6 reúne incumplimientos formales o de baja incidencia, cuya resolución puede lograrse mediante una notificación para subsanar, sin necesidad de desplegar la maquinaria completa de fiscalización y/o los mecanismos de conciliación laboral.
La clasificación de cada denuncia dentro de la matriz – según los motivos que esta contenga – se realiza automáticamente a partir de dos indicadores principales: la gravedad del motivo y la reincidencia del empleador o patronal. El sistema va a cruzar los datos de la denuncia con el historial de la empresa o empleador en el SUAD. Si detecta que un mismo incumplimiento, u otros, se reiteran constantemente en el tiempo, la ponderación aumenta, trasladando el caso a un nivel superior de gravedad.
Auditoría, formación y responsabilidades
La norma crea un esquema de auditoría y mejora continua, con revisiones periódicas sobre calidad de datos, tiempos de gestión y funcionamiento general del sistema.
Asimismo, dispone:
- Capacitación obligatoria para los perfiles Administrador y Operativo.
- Supervisión estricta de las autoridades de cada dependencia.
- Responsabilidad administrativa por incumplimiento de las obligaciones previstas.
Link para acceder a la Resolución, aquí.