El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social emitió la Resolución MTESS Nº 324/2025, por la cual se implementa la generación electrónica de recibos de liquidación de salarios, vacaciones y aguinaldo, por medio del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP).
La normativa establece que la utilización de los recibos digitales emitidos por el Sistema REOP, constituyan una herramienta opcional para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 235 del Código Laboral, y que para su validez plena requerirá de la firma del empleador y del trabajador. La firma electrónica de los recibos deberá ajustarse a la Ley N° 6822/2021, “De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos».
La resolución fija aranceles que entrarán en vigencia desde el 1 de diciembre de 2025, para la descarga de los recibos digitales por medio de suscripciones semestrales conforme al detalle siguiente:
CANTIDAD DE RECIBOS | ARANCEL |
60 | 1 jornal |
180 | 3 jornales |
350 | 5 jornales |
La resolución encomienda a la Dirección General de Administración y Finanzas y a la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación, a arbitrar los mecanismos necesarios para el cumplimiento de la presente resolución.
El MTESS considera que el uso de herramientas tecnológicas como el sistema REOP representa un avance importante para promover la transparencia, facilitar la trazabilidad de la información laboral y agilizar los trámites administrativos. La generación electrónica de documentos que contengan información relativa a las remuneraciones abonadas por el empleador constituye un paso valioso en la modernización de las relaciones laborales.
Para acceder a la resolución, hacer click en el siguiente enlace: Resolución MTESS N° 324