El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N.º 6225/2026, por el cual se dispone el reajuste de los sueldos y jornales mínimos de los trabajadores del sector privado. El incremento fue fijado en un cinco por ciento (5%) y entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2026.
¿Qué establece el Decreto?
- Nuevo salario mínimo mensual: G. 3.044.000.
- Nuevo jornal mínimo diario: G. 117.077.
- Incremento aplicado: 5%.
- Vigencia: desde el 1 de julio de 2026.
Fundamento del reajuste
El Decreto señala que el reajuste fue dispuesto considerando los antecedentes elevados por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (CONASAM), la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, en el marco de lo previsto en los artículos 250 y 255 del Código del Trabajo.
Impacto para las empresas
A partir de julio de 2026, los empleadores deberán verificar que las remuneraciones de sus trabajadores no se encuentren por debajo del nuevo salario mínimo legal.
Se recomienda a las empresas revisar oportunamente sus nóminas, sistemas de liquidación salarial, estructuras de remuneración y procesos internos, a fin de asegurar la correcta aplicación del nuevo salario mínimo desde su entrada en vigencia.
Nuestro equipo se encuentra a disposición para asistir en la implementación de estos ajustes.
Revise el Decreto aquí