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Resolución de MTESS sobre la implementación obligatoria del Libro de Información Laboral digital

Resolución de MTESS sobre la implementación obligatoria del Libro de Información Laboral digital

Principales puntos:

El Libro de Información Laboral digital se genera automáticamente con las comunicaciones realizadas en el sistema REOP, incluyendo ingresos y salidas de personal, vacaciones, reposos, liquidaciones salariales y finiquitos.

La confirmación del Libro tiene carácter de Declaración Jurada y solo puede realizarse si previamente fueron informadas todas las liquidaciones salariales del periodo.

La confirmación puede ser automática o manual, y el plazo general para confirmar el ejercicio anterior vence el último día hábil de marzo de cada año.

En caso de errores, el sistema permite realizar rectificaciones dentro de los 30 días posteriores a la confirmación mensual.

La resolución prevé multas por incumplimiento:

  • 10 jornales mínimos: hasta 30 trabajadores
  • 20 jornales mínimos: de 31 a 50 trabajadores
  • 30 jornales mínimos: más de 50 trabajadores

Para el ejercicio 2025, el MTESS otorgó una prórroga excepcional para completar la confección y confirmación del Libro que será implementada en forma gradual hasta el 28 de agosto 2026 según terminación del número patronal.

Durante este periodo, las empresas podrán regularizar cargas retroactivas de salarios y reportar liquidaciones finales pendientes correspondientes al año 2025.

Revise la Resolución aquí

«La información contenida en este artículo es de carácter general y no constituye asesoramiento legal específico. Para obtener orientación particular, le recomendamos ponerse en contacto con nuestro equipo».

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